MASIDI ofrece su apoyo para la deducción en el impuesto de sociedades

Nuestro Socio MASIDI ofrece su conocimiento y experiencia en la línea de apoyo a las empresas que deseen obtener el Informe Motivado referido necesario para reconocer sus derechos de deducción en el impuesto de sociedades.

El pasado miércoles 24 de junio se ha publicado el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Entre otras medidas y recogido en el Título IV, Artículo 7., se publica una mejora sobre el porcentaje de deducción en el Impuesto sobre Sociedades a aplicar por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción.

El porcentaje de deducción sobre el impuesto de sociedades aplicable para el gasto ejecutado en determinado ejercicio fiscal en la realización de actividades calificadas como innovación tecnológica es de un 12%, con esta mejora y sólo aplicable a las empresas que se integren en la cadena de valor de la industria de la automoción, y para los periodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021, este porcentaje pasará a ser de un 25% para los gastos efectuados en la realización de actividades de innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes.

Para la aplicación de la deducción será necesario que la entidad haya obtenido un informe motivado vinculante en los términos establecidos en la letra a) del apartado 4 del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, es decir un Informe Motivado Vinculante mediante Resolución favorable firmada por la Secretaría General de Innovación del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Adjuntamos el BOE de la publicación del Real Decreto-Ley 23/2020.

https://lnkd.in/eQf2Be5